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Por
medio del Decreto Legislativo N° 806 del 11 de septiembre de 1996,
publicado en el Diario Oficial N° 186. Tomo 336 del 4 de octubre de
1996, se aprobó la
Ley
Orgánica de la Superintendencia de Valores siendo esta un ente
autónomo y especializado en la regulación del Mercado de Valores.
No obstante que su ley de creación entró en vigencia el 13 de
octubre de 1996, la Superintendencia de Valores inició sus
funciones a partir del 26 de diciembre de 1996.
Además de su
Ley
Orgánica esta Institución vela por que se cumpla:
1.
La
Ley del Mercado de Valores
2.
El
Reglamento General Interno del Mercado de Valores de
El Salvador, S.A. de C.V. (Bolsa de Valores)
3. El
Código de Comercio de la República de El Salvador, en las
disposiciones aplicables al Mercado de Valores.
Le
corresponde la fiscalización de: a) las bolsas de valores; b) las
casas de corredores de bolsa; c) los almacenes generales de
depósito; d) las sociedades especializadas en el depósito y
custodia de valores; e) las sociedades clasificadoras de riesgo; f)
las instituciones que presten servicios de carácter auxiliar al
mercado bursátil y, en general, las demás entidades que en el
futuro señalen las leyes.
Adicionalmente,
Inspecciona y vigila a los emisores asentados en el Registro
Público Bursátil con relación a las obligaciones que impone
la Ley
Orgánica de la Superintendencia de Valores y la
Ley
del Mercado de Valores, así como a los auditores externos
asentados en el Registro
Público Bursátil de acuerdo a las disposiciones dictadas por
su Consejo Directivo. |